En su web, la CNMV define un fondo garantizado como “aquellos fondos de inversión que aseguran a una fecha futura, como mínimo, la conservación de la totalidad del capital invertido inicialmente. En algunos casos, además, aseguran cierta rentabilidad”. Por definición, un fondo garantizado es un producto que debería ser adecuado para inversores de perfil muy conservador cuyo objetivo principal sea la preservación real del valor patrimonial y, para lograrlo, debería ser necesario que el producto compense, como mínimo, el impacto de la inflación y poco más, pero siempre inflación.
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