Por su prevista relevancia para todo el sector financiero, la Dirección General de Tributos (“DGT”) publicó la semana pasada de forma anticipada la Resolución V1186-14, de 29 de abril, a través de la que da respuesta a la consulta tributaria formulada por una entidad financiera española acerca de si sería aplicable el régimen de diferimiento por reinversión regulado en el artículo 94.2.a) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (“LIRPF”) a los traspasos de determinadas acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva (“IIC”) extranjeras.
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