El próximo 2 de agosto se cumplen dos desde que se aprobara la conocida como Green MiFID. Una de las grandes novedades de esta modificación de la Directiva MiFID II es que obligaba a las entidades a preguntar en los test de idoneidad que realizan a sus clientes sobre sus preferencias de sostenibilidad. Esto derivó en un aumento de la oferta de fondos clasificados como artículo 8 ó 9 según la SDFR con el objetivo de poder atender a una demanda de inversiones sostenibles que se presuponía creciente por parte de los inversores. ¿Cuánto suponen ahora los fondos clasificados como artículo 8 ó 9 por parte de las gestoras españolas?
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