El cambio climático dentro de las inversiones sostenibles

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TRIBUNA de Nina Petrini, responsable de ETF y fondos índice para Iberia y Latam, UBS ETF. Comentario patrocinado por UBS ETF.

La sostenibilidad se ha convertido en una prioridad. Gracias a las medidas que, a día de hoy, demandan los inversores para mitigar el efecto del cambio climático y con el apoyo gubernamental, la inversión sostenible está en pleno auge. De hecho, estamos viendo un número mayor de compañías e incluso países comprometidos con los objetivos de cero emisiones, por lo que, definitivamente, hay un impulso creciente detrás de la sostenibilidad, con productos que apoyan y ayudan a alcanzar estos objetivos.

Si hacemos un paso atrás, veremos que el Acuerdo de Paris de 2015 ha tenido esencialmente dos resultados: por un lado, el cambio climático se ha vuelto tópico y los inversores lo ven cada vez más como uno de los factores más importantes a considerar e integrar en sus procesos de inversión.

Por otro lado, ha surgido un enfoque más regulado en el que los gobiernos han iniciado importantes iniciativas, en particular en 2018 con el Plan de Acción de la UE para financiar el crecimiento sostenible. El Plan de Acción condujo a la creación del Grupo de Expertos Técnicos (TEG) a finales de ese año, encargado de crear: la Taxonomía de la UE, una normativa de bonos verdes de la UE y los estándares mínimos para los índices de transición climática (CTB) y los índices alineados con París (PAB).  Desde entonces, estos requerimientos mínimos han sido consagradas en la normativa en diciembre de 2020 y respaldan los requisitos para los índices CTB y PAB.  Los proveedores de índices han adoptado estas normas y han creado soluciones de índice PAB, que sirven como subyacentes para los ETF. 

En marzo de este año, además, entró en vigor un nuevo desarrollo en términos de regulación: el Reglamento de Divulgación de Las Finanzas Sostenibles (SFDR). Este Reglamento establece normas armonizadas para los participantes en los mercados financieros y para los asesores financieros sobre la transparencia con respecto a la integración de los riesgos de sostenibilidad y la consideración de los impactos adversos de la sostenibilidad en sus procesos de inversión junto con la provisión de sostenibilidad‐información relacionada con respecto a los productos financieros.

Estas regulaciones son los primeros pasos hacia una estandarización en torno a la integración y divulgación de ESG, con el objetivo final de tener una transición ordenada a una economía más sostenible con bajas emisiones de carbono.

¿Cómo llegar a 2050?

Para alcanzar el objetivo de cero emisiones netas en 2050, serán necesarias iniciativas sociales que nos alineen con un escenario de 1,5 °C. Una de las acciones más citadas es que las empresas tendrán que lograr una autodescarbonización año tras año. Las normas mínimas del PAB fijan el objetivo anual en un 7%, mientras que algunos estudios sugieren que debería fijarse un objetivo más estricto. De hecho, los índices MSCI Climate Paris Aligned están subiendo el listón siguiendo una senda de autodescarbonización mayor, del 10% anual.

Es por ello que la divulgación en torno a ESG y cómo se utiliza en soluciones sostenibles, junto con el marco CTB y PAB, es esencial para la transparencia de cara a los clientes. Estos primeros pasos hacia la normalización en torno a la presentación de informes de ESG son claves y, con el mayor enfoque en la inversión sostenible, esperamos ver nuevos avances a largo plazo. Además, a medida que avanzamos hacia el 2030 y sobre todo después de 2050, es natural imaginar mayores refinamientos a los estándares mínimos de los marcos CTB y PAB, dependiendo de lo bien que las empresas se estén descarbonizando.

Teniendo todo esto en cuenta, desde UBS AM estamos comprometidos a la transición hacía una economía global más sostenible y de bajo carbono. Por ello, lanzamos una serie de ETF de marco PAB y CTB en cooperación con dos proveedores de índices con el objetivo de reducir el calentamiento global a 1,5 o 1,8 grados centígrados. Estos fondos no solo cumplen, sino que superan los estándares mínimos de los índices alineados con París de la UE; están alineados con las recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre Divulgaciones Financieras Relacionadas con el Clima (TCFD) y se clasifican como fondos del artículo 9.3 en virtud del Reglamento sobre Divulgación de las Finanzas Sostenibles (SFDR).