Regulación a tener en cuenta

Entrevista a Teresa González, Responsable de Sostenibilidad y ESG.

Los reguladores de las principales economías mundiales, están buscando la manera de evitar el llamado “Greenwashing” mediante la implementación de diferentes normativas. Destacan cuatro:

  1. En primer lugar el Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles o SFDR.  Este reglamento busca aportar transparencia promoviendo la clasificación de los productos financieros en tres categorías: fondos artículo 6, que son fondos no ESG, Fondos artículo 8, que promueven mayoritariamente características ESG, y fondos artículo 9, que realizan mayoritariamente inversiones sostenibles.
  2. En segundo lugar, destaca la modificación de la directiva MiFID II, que busca incluir las preferencias de sostenibilidad en el test de idoneidad que se realiza al cliente. Es decir, a las preguntas que ya se realizaban para determinar el perfil de riesgo –rentabilidad, se añadirá: (i) si quieren productos en los que se detallen  indicadores ESG a nivel subyacente, también conocidas como Principales Incidencias Adversas o PIAs, (ii) si quieren productos con un % de inversiones sostenibles, y que las compañías dónde se invierten contribuyan a un objetivo medioambiental o social, o  (iii) si quieren productos en los que ese % de inversiones sostenibles estén alineadas con lo que se indica en Reglamento de Taxonomía.
  3. En tercer lugar, tenemos el Reglamento de Taxonomía de la Unión Europa que es un sistema de clasificación de 72 actividades económicas que Europa considera como sostenibles.
  4. Por último, hay una regulación muy relevante que va a permitir a los gestores de activos, obtener mucha de la información ESG que necesitan para desarrollar productos sostenibles. Se trata de la Directiva de Información Corporativa sobre Sostenibilidad, que exigirá mayor transparencia, en los reportes de información no financiera de las grandes empresas europeas y de aquellas no europeas que cumplan ciertos requisitos.

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