Lucía Ramos, abogada asociada de Legal en Aracno Partners, en este vídeo para la AAA Academy: "Los principales vehículos de inversión alternativa en Luxemburgo son: las sociedades de capital riesgo (SICAR), los fondos de inversión especializados (SIF), los fondos de inversión alternativa reservados (RAIF) y los Fondo de Inversión a Largo Plazo Europeo (ELTIF)".
Entrevista a Lucía Ramos, Abogada Asociada, Legal
Los principales vehículos de inversión alternativa en Luxemburgo son: las sociedades de capital riesgo (SICAR), los fondos de inversión especializados (SIF), los fondos de inversión alternativa reservados (RAIF) y los Fondo de Inversión a Largo Plazo Europeo (ELTIF)
Las características de dichos vehículos son las siguientes:
- La SICAR: Es un vehículo de inversión cerrado y regulado que debe invertir exclusivamente en capital-riesgo, sin reglas de diversificación. Puede delegar su gestión en una sociedad gestora o ser autogestionado.
- EL SIF: Es un vehículo de inversión abierto y regulado que no tiene restricciones en cuanto al tipo de activo en el que puede invertir, si bien cuenta con un límite máximo de diversificación del 30% por emisor. Puede delegar la gestión en una sociedad gestora o ser autogestionado.
- El RAIF: Es un vehículo de inversión no regulado que puede adquirir el régimen de SICAR o de SIF, por lo que le aplican sus respectivas características. No requiere de autorización previa del regulador, sólo se registra ante la CSSF.
- ELTIF: Es un vehículo de inversión cerrado y regulado, si bien sus participaciones o acciones pueden ser admitidas a negociación en un mercado regulado o sistema multilateral de negociación, y tiene una serie de límites de diversificación. El Reglamento ELTIF está actualmente siendo objeto de revisión en la Unión Europea.
Los vehículos mencionados se comercializan en España a clientes profesionales previa obtención del pasaporte comunitario de comercialización a excepción del ELTIF que puede comercializar también a clientes minoristas con los requisitos que explicamos en el Capítulo 2.
Por último, mencionar que es posible transformar una sociedad de capital no regulada en una sociedad regulada, de hecho y para agilizar el proceso de inversión y captación de clientes, es común la constitución primero de una sociedad de capital (no regulada) y proceder posteriormente a su transformación en una sociedad regulada.