Las gestoras españolas estudian cambiar de categoría sus fondos monetarios

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Foto: Flodigripsworld, Flickr Creative Commons

Los retos para la gestión de los fondos monetarios se multiplican, en Europa y en España. A decisiones como la última bajada de tipos por parte del BCE –dejando a los depósitos bancarios sin remuneración y, por tanto, quitando a los fondos monetarios una fuente tradicional de rentabilidad- se une el contexto de rebajas de las calificaciones crediticias de la deuda pública y privada. Algo que afecta a los productos que invierten en mercados como el español, azuzado por constantes recortes de ratings, lo que restringe en gran parte su universo de inversión.

Ante esta tesitura, algunas gestoras se plantean si merece la pena mantener tal cual su gama de fondos monetarios o si sería mejor transformarlos en fondos de renta fija a corto plazo, donde el universo se amplía en términos de vencimientos y ratings, pues además resulta posible acogerse a la normativa que flexibiliza la inversión en activos con menor nota.

Con datos a 30 de junio de 2012, más de una treintena de gestoras españolas tienen fondos monetarios como tal. Pero otras, como BanSabadell Inversión o Ibercaja Gestión, llevan años sin ellos. En el caso de esta última, la decisión de convertir los fondos monetarios en productos de renta fija a corto plazo (la siguiente categoría según la ley) se produjo en 2009, coincidiendo con la anterior modificación del reglamento que afectó a la definición de los monetarios. “En ese momento, ya se endurecieron los requisitos sobre rating y duración y pensamos que tenía poco sentido mantener estos productos porque la rentabilidad que podían ofrecer era exigua”, explica Miguel López, que apoya a la dirección de Ibercaja Gestión, que añade que que, con una duración similar, los fondos de renta fija les permiten invertir en activos de menores calificaciones.

En concreto, cuando eliminaron los monetarios lanzaron el fondo Ibercaja Conservador, con vencimientos no superiores a 12 meses y que invertía en deuda pública española y depósitos de la caja aragonesa. Desde la entidad se muestran satisfechos con el cambio y creen que fue bien acogido por los clientes, pues su cuota de mercado se ha visto impulsada desde entonces.

La cuestión es si ahora habrá entidades que se decidirán a seguir sus pasos. Según fuentes del mercado, hay gestoras con mucho peso en este tipo de fondos que se verán obligadas a reducir su oferta en esta categoría. O, al menos, tendrán que replantearse cómo gestionar los monetarios dentro de una realidad más compleja.

Por ejemplo, Jordi Padilla, director general de Popular Gestión Privada, explica que en la entidad estudian ahora si merece la pena mantener el estatus de monetarios de sus productos, aun con un universo de inversión más reducido, o cambiar de categoría, con el derecho de separación que esa decisión implica y el riesgo de que el cliente decida salir porque su intención es estar invertido en un monetario. Con todo, el derecho de separación sólo es relevante cuando existe comisión de reembolso, algo que se da en una minoría de los fondos monetarios españoles.

En una entidad española con un fondo monetario que invierte exclusivamente en deuda de entidades públicas, nacionales o extranjeras, explican que de momento no se han visto forzados a cambiar la política de inversiones. Pero reconocen que, en caso de una bajada de rating de la deuda española por debajo de BBB-, optarían por modificar la categoría del fondo a renta fija a corto plazo. “Pensamos que cambiar de categoría el fondo es la opción que menos perjudica a los partícipes, ya que mantener la categoría de monetario implicaría deshacer posiciones en un mercado con las condiciones actuales de iliquidez y volatilidad. Si bien esa opción perjudica la gama de producto al no tener un fondo monetario, el valor actual para el inversor de este tipo de fondos es bastante limitado, dados los niveles tan bajos de remuneración de las curvas de corto plazo”, reconocen en la entidad.

Y es que además del universo de inversión, el otro reto estará en ofrecer unas rentabilidades aceptables para los inversores, teniendo en cuenta que la deuda de alta calidad en la que estos productos pueden invertir por ley ofrece tipos muy bajos e incluso negativos y que otras alternativas, como los depósitos bancarios, se han quedado sin remuneración después de la decisión del BCE de bajar los tipos el pasado 5 de julio.

Entre las gestoras, hay otras que no se plantean el cambio, como Ahorro Corporación. “Nuestro monetario continúa con la misma política de inversión gracias a la alta calidad de su cartera. En ningún momento nos hemos planteado su reconversión a renta fija a corto plazo, ya que en esa categoría tenemos oferta suficiente”, comentan en la gestora.

Retos por delante

En los últimos meses se ha restringido el universo de inversión de este tipo de fondos, que suele estar centrado principalmente en el mercado español. Por definición, los monetarios han de tener ausencia de exposición a activos con calificación crediticia a corto plazo inferior a A2 de S&P o equivalente (o si no tiene calificación crediticia específica por ninguna agencia reconocida, calidad equivalente a juicio de la gestora). Como excepción, pueden tener exposición a deuda soberana con calificación crediticia mínima BBB-, según la Circular 3/2011, de 9 de junio, de la CNMV.

Aunque otros fondos de inversión tienen menos problemas en este sentido porque pueden acogerse a la flexibilidad que da la nueva normativa, los fondos monetarios están muy limitados para acogerse a la misma. De hecho, un monetario podría acogerse a esta flexibilización únicamente si la rebaja de rating afecta únicamente a la deuda pública de su cartera, con límite BBB- (la actual de España), pues seguiría respetando la definición de la categoría. Si las agencias rebajan la nota de España, los monetarios tendrían seis meses para regularizar la cartera y vender los activos a menos que hubiera un cambio en su definición. 

En el caso de que la gestora no lo hiciera y mantuviera los activos en cartera, ese ajuste sí se consideraría cambio sustancial en la política de inversión. También lo sería la disminución de rating de la deuda privada de su cartera por debajo de A2, si la gestora deciera mantenerla: ambos casos supondrían, por definición, un cambio de categoría de producto, pasando de monetario a renta fija a corto plazo.