En la antigua Ley 25/2005, de 24 de noviembre, reguladora de las entidades de capital-riesgo y sus sociedades gestoras, ya se preveía la posibilidad de que las Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva (SGIIC) pudieran gestionar entidades de capital riesgo (ECR). En la actualidad, con la armonización de la regulación de las sociedades gestoras en la nueva Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado (EICC) y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado (SGEIC), y por la que se modifica la Ley 35/2003 de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva (la Ley), se reitera la posibilidad de gestión de las ECR y se amplía el ámbito a toda inversión colectiva de tipo cerrado, de tal forma que las SGIIC ahora tienen la posibilidad de gestionar no solo las ECR tradicionales reguladas en la antigua Ley sino también las EICC.
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