Los inversores tendrán que comunicar a la CNMV sus posiciones cortas en deuda y CDS

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Mith, Flickr Creative Commons

La Comisión Nacional del Mercado de Valores ha publicado en su página web una comunicación informando a los inversores de la obligación de notificar las posiciones cortas que mantengan o abran en acciones, deuda soberana y permutas de cobertura por impago tras la entrada en vigor, el próximo 1 de noviembre, del Reglamento europeo de posiciones cortas. No habrá cambios en lo que a acciones se refiere, pero los inversores tendrán que empezar a notificar las posiciones bajistas en deuda y CDS a partir del umbral establecido.

Para ello, el supervisor ha informado de la puesta en marcha de un nuevo servicio virtual para la notificación de las posiciones ya existentes y las nuevas, siguiendo los modelos y procedimientos del Reglamento europeo.

En lo que se refiere a la comunicación de posiciones cortas en acciones, el Reglamento mantiene el régimen ya establecido en España según el cual las personas físicas o jurídicas deben notificar al regulador las posiciones cortas a partir del 0,2% y al mercado a partir de 0,5%. Las entidades que se encuentren en dichos umbrales deberán volver a realizar la comunicación siguiendo el nuevo formato.

Con respecto a la deuda soberana española y permutas de cobertura por impago, el umbral de notificación a la CNMV (no de publicación al mercado) será del 0,5% del saldo vivo total de la deuda emitida.

Las citadas entidades deberán registrarse previamente y así disponer de las claves y contraseñas necesarias para hacer uso de este servicio. El registro de usuario podrá llevarse a cabo desde el 24 de octubre y la presentación de las notificaciones por esta vía a partir del 1 de noviembre, en el siguiente enlace. También estarán disponibles, a partir del 1 de noviembre, los formularios de notificación y cancelación de posiciones cortas netas.

ESMA publicó el pasado 13 de septiembre de 2012 un documento de preguntas y respuestas frecuentes sobre el Reglamento que establece que todas las posiciones cortas netas existentes el 1 de noviembre de 2012 o que surgiesen en esa fecha deberán ser notificadas no más tarde de las 15:30 horas del día siguiente, 2 de noviembre de 2012, en la medida en que alcancen los umbrales que determinan la obligación de comunicar.

"Hay que tener en cuenta que el Reglamento prohíbe las ventas en corto descubiertas de deuda soberana y los CDS en deuda soberana descubiertos. Sin embargo, se establece que se podrán suspender temporalmente dichas prohibiciones, por un período máximo de seis meses en deuda y de 12 en CDS", explica Paloma Gurrea García, asociada de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira.