Solvencia II es una revisión profunda del régimen de adecuación de capital de la industria europea de seguros que a primera vista, sólo debería afectar a las aseguradoras. Sin embargo, también tiene importantes consecuencias para las ges
En línea con un informe de Efama, “Solvency II: Data Impacts on Asset Management”, en el que explicaba la nueva relación que se ha de establecer a partir de ahora entre gestoras y aseguradoras, Citi explica las consecuencias de la normativa para las gestoras de activos. En un reciente artículo titulado "Solvency II and Asset Managers", David D. Holloway, vicepresidente de Citi Transaction Services para los países EMEA, analiza cómo la normativa impactará a las gestoras y cuáles son los puntos a considerar en relación con estos cambios regulatorios.
El experto menciona cinco puntos clave de impacto para las gestoras: tendrán que cumplir las demandas de datos que piden las aseguradoras; habrán de ofrecer el desglose detallado de las posiciones de los fondos; tendrán que lidiar con el trato favorable a los pasivos de las entidades de reaseguro que contempla la ley; afrontarán cambios en la mezcla de activos en los que invertir como consecuencia de la gestión del riesgo exigida por la normativa, y deberán considerar la posibilidad de que se aplique una normativa similar a los planes de pensiones.
Pero, en este entorno de retos, también hay oportunidades. “Una gestora que pueda demostrar que cumple con Solvencia II tiene la oportunidad de atraer inversiones de aseguradoras frente a otras gestoras que no lo hacen”. Para el experto, “ser capaz de articular una estrategia clara que esté en línea con los requerimientos de la norma podría ser una ventaja competitiva, en el caso de que otros gestores de activos no lo hagan”.
¿Qué hacer?
Por todo ello, Holloway cree que las gestoras deberían estar ya tratando de entender hasta qué punto el dinero que administran es una inversión de las compañías de seguros. “Para mandatos directos, esto está claro, pero donde la inversión es a través de un UCITS u otra estructura colectiva, no lo es tanto”.
Además, cree que han de ser prudentes para comprender el grado de inversión del fondo de pensiones cuando formulen la estrategia de Solvencia II, tener un compromiso activo con sus clientes aseguradoras para captar sus necesidades y objetivos, desarrollar una estrategia para la divulgación y el examen de datos, revisar los requisitos de riesgo de mercado, externalizar actividades de custodia y administración, utilizar a proveedores externos como fuente de información y soluciones, o diseñar una estrategia que coincida con los objetivos de inversión de las aseguradoras como clientes o potenciales clientes.
Los cinco impactos
Con respecto al primer punto, las aseguradoras necesitarán datos para generar el valor neto de activos para incorporar en el cálculo de solvencia que exige la nueva ley; para calcular los factores de riesgo que aplican, y para saber las estructuras en las que invierten, como un derivado o un fondo de inversión. Cuando una aseguradora ha delegado la gestión de activos, normalmente recibirá las valoraciones y posiciones de los activos de forma periódica, algo que tendrá que proporcionar la gestora de activos en la que la aseguradora ha delegado dicha gestión.
En segundo lugar, la ley dice que la aseguradora ha de conocer el detalle de las posiciones que tiene a día 2 o 3 de cada mes, incluyendo el examen de las exposiciones subyacentes de los fondos UCITS o los hedge funds. Y pedirán a las gestoras información sobre el valor de sus inversiones desglosado en el valor de cada constituyente individual de los fondos. Eso genera dos problemas a la gestora: la forma de ofrecer los datos y su capacidad para ponerlos a disposición de la aseguradora mientras sigan siendo válidos y correctos.
Algunas preguntas claves a considerar por las gestoras serían, por ejemplo: "¿Sé quiénes son mis inversores de seguros? ¿Quiero desvelar mis participaciones a mi cliente de seguros cuando los datos siguen siendo actuales? ¿Estoy dispuesto a perder inversiones como consecuencia de ello? Si informo a mi cliente de seguros, ¿estoy obligado a informar a todos los inversores? ¿Estoy preparado para pagar por tener mis datos disponibles a través de un proveedor de servicios de datos o debo llegar a un acuerdo bilateral con las aseguradoras? ¿Cuánto puedo pagar por disponer de estos datos?"
En tercer lugar, en ciertas circunstancias relacionadas con la domiciliación y el rating del reasegurador, Solvencia II aplica un trato favorable a los pasivos que se trasladan a un reasegurador. Esto supone un riesgo para el negocio de los gestores, ya que esto reducirá los activos gestionados, aunque claramente es una oportunidad para los gestores de activos que prestan servicios a entidades de reaseguro.
Además, la normativa requiere que la aseguradora evalúe el riesgo de los activos que posee en cada una de las siete categorías definidas por la ley, riesgos que difieren en función de la clase de activo (así, la deuda emitida por un gobierno dado es de cero mientras las acciones pueden suponer hasta el 40% del cálculo de solvencia). Por tanto, Holloway prevé un movimiento desde la renta variable a la deuda pública con el consiguiente impacto para los gestores de fondos bursátiles. Otra consecuencia que señala es que los aseguradores de pensiones y vida podrían pasar del negocio tradicional de seguros a políticas de productos unit-linked.
Por último, en algunos países de la UE, la industria de planes de pensiones se realiza en gran medida a través de las compañías de seguros, por lo que estaría sujeta a los requisitos de Solvencia II. En estos países, la industria de pensiones tiene obligaciones adicionales de gobernanza e información, más exigentes que las de competidores extranjeros. Este punto hace esperar que la normativa se extienda a los planes de pensiones o se implemente en éstos un régimen similar. Dada la importancia aún mayor de las inversiones de los planes de pensiones en la industria de la gestión de activos, “un gestor prudente debería considerar una estrategia cercana a Solvencia II, ante posibles aplicaciones futuras a la inversión de los planes de pensiones”, apostilla el experto.