La V edición de las Jornadas sobre Cumplimiento Normativo y Control de Riesgos de Afin Compliance se ha centrado en aspectos tan relevantes como el enfoque de las entidades frente a una inspección de la CNMV, la llegada de MiFID III y el cambio en el régimen de incentivos o la figura del agente tras la entrada en vigor de la nueva Ley del Mercado de Valores y Servicios de Inversión.
La industria afronta un 2024 con importante novedades regulatorias en el sector financiero que afecta a la industria de inversión colectiva. Aspectos tan relevantes como el enfoque de las entidades frente a una inspección de la CNMV, la llegada de MiFID III y el cambio en el régimen de incentivos o la figura del agente tras la entrada en vigor de la nueva Ley del Mercado de Valores y Servicios de Inversión. Sobre estos temas se han centrado la V edición de las Jornadas sobre Cumplimiento Normativo y Control de Riesgos de de Afin Compliance, creada por Analistas Financieros Internacionales (Afi) y la boutique legal finReg360.
Por su aprobación estimada o por su entrada en vigor ya aprobada, estas son las principales iniciativas:
Nuevo modelo de comunicación de operaciones de EMIR Refit
Los nuevos Refit technical standards (RTS) pretenden mejorar la calidad del reporting, pero a su vez impactan significativamente en las entidades, no solo debido a los campos adicionales sino por el cambio de formato en muchos de ellos.
Por un lado, se amplía la información sobre la posición compradora o vendedora de la que contrapartida que reporta y la información de la otra contrapartida; se modifica el formato de la mayoría de los campos; y se trasladan los campos relativos a la información de MM y colateral que se recogen en la nueva Tabla 3.
Respecto a los datos comunes, introduce 67 nuevos campos que tienen por objeto principalmente: mejorar la forma en que se identifica la operación; detallar la información que se debe reportar en función del tipo de derivado, incluyendo la indicación sobre si existe un subyacente que se considere criptoactivo; proporcionar información del proveedor de servicios de reducción del riesgo (compresiones); incorporar mayor detalle en relación con el precio de la operación (eliminando el campo vigente price notation e incorporando el detalle del nocional de cada pata, entre otros).
Por último, con respecto a los datos de colateral separa los datos relacionados el intercambio de colateral en una tercera tabla. La mayoría de los campos incluidos en esta Tabla (todos excepto 3) estaban ya previstos en la Tabla 1 vigente, aunque se han incorporado modificaciones a su formato.
En segundo lugar, el pasado 8 de noviembre se publicaron 4 Reales Decretos que completan la reforma de la Ley del Mercado de Valores, aprobada el pasado mes de marzo. Sin embargo, los textos definitivos han dejado fuera muchas propuestas que sí estaban previstas en los borradores publicados en septiembre y que la industria esperaba. Estas son las principales novedades que se han incluido y las que se han olvidado.
Protección al inversor
Los supervisores europeos y nacionales siguen buscando reforzar la protección del inversor. Y esto es visible tanto en la Retail Investment Strategy (RIS), como en las Directrices de ESMA sobre requisitos de gobernanza de productos como en la prohibición de la publicidad de los CFD.
En este último caso, se prohibe la publicidad de CFD dirigida a minoristas o al público en general, el patrocinio de eventos (incluidos los deportivos), la publicidad de marca y el uso de figuras de relevancia pública. En julio la CNMV ampliaba las restricciones sobre estos productos. Y estas son las implicaciones que la industria cree que podría tener en el sector financiero.
Se prohiben determinadas políticas de remuneración a la red comercial, por ejemplo, vincular su retribución al número de clientes captados, a los ingresos que éstos generen a la entidad o a las pérdidas que obtengan y otras técnicas de venta (como el uso de call centers, webinarios o cuentas demo) que fomentan la distribución de estos productos entre inversores minoristas.
Se limita el apalancamiento máximo al que pueden quedar expuestos los inversores minoristas que inviertan en estos productos y obligan al proveedor a proporcionarles la denominada "protección de cierre de márgenes", ya prevista para los CFD y que implica el cierre de posiciones cuando la posición del cliente descienda del 50% de la garantía inicial, lo que limita sus pérdidas.
En segundo lugar están las Directrices ESMA sobre requisitos de gobernanza de productos (en vigor desde octubre de 2023). Es aplicable a los productores en los siguientes aspectos: en la identificación del mercado objetivo de un producto se deben tener en cuenta los resultados de los análisis de escenarios y la estructura de costes realizados; se deberá especificar cualquier objetivo relacionado con la sostenibilidad con el que el producto sea compatible; y se incluyen criterios sobre cómo identificar el mercado objetivo agrupando productos que tengan características y riesgos suficientemente comparables.
También es aplicable a los distribuidores. Cuando las entidades tengan la intención de utilizar prácticas de ludificación (gamification) que tratan de inducir al cliente a realizar operaciones a través de medios
digitales para la distribución de determinados productos, los distribuidores deben valorar si redundan en el mejor interés de los clientes. En el caso de productos más complejos, al detallar el mercado objetivo definido inicialmente por el productor, los distribuidores deben valorar si necesitan acceder a los resultados del análisis de escenarios y de la estructura de costes realizado por el productor. Cuando el distribuidor considere que un producto más complejo con un mercado objetivo relativamente reducido puede distribuirse también bajo servicios sin asesoramiento. debería identificar medidas que aseguren que la estrategia de distribución es compatible con el mercado objetivo.
MiCA
Después de más de dos años desde que se publicó por primera vez el proyecto inicial de MiCA (el reglamento europeo sobre criptoactivos), la versión final del texto se publicó en junio en el DOUE.
Esta regulación tiene el objetivo de otorgar seguridad jurídica, apoyar la innovación y proteger a los consumidores frente la emisión de criptoactivos y la prestación de servicios sobre criptoactivos. Así, regula la emisión (con excepciones), la oferta y admisión a negociación de criptoactivos; el régimen de autorización y supervisión de los proveedores de servicios sobre criptoactivos y los emisores de criptoactivos; el funcionamiento, organización y gobierno de los ciertos emisores y los proveedores de servicios sobre criptoactivos; las normas de protección al consumidor para la emisión, colocación y prestación de servicios sobre criptoactivos; y las medidas para prevenir el abuso de mercado.
El 30 de junio de 2024 entra en vigor la aplicación parcial de MiCA.
Prevención de blanqueo de capitales
En junio de 2021 la Comisión Europea publicó cuatro borradores con el objetivo de reforzar y reformar por completo el marco europeo en materia de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Desde entonces, la EBA ha publicado diferentes directrices. Las últimas han sido estas por su entrada en vigor:
Registro Central de Titularidades Reales, en vigor desde el 19 de septiembre de 2023.
Directrices de alta a distancia de clientes, en vigor desde octubre de 2023: incluye políticas y procedimientos que describan qué soluciones adopta la entidad, formación específica, evaluación previa y controles de seguimiento así como medidas adicionales para incrementar la fiabilidad del proceso de verificación.
Directrices sobre aplicación de MDD y evaluación del riesgo, en vigor desde noviembre de 2023: complementan las directrices de la EBA sobre esos factores de riesgos y pretenden salvaguardar el acceso a los servicios financieros de ciertas categorías de clientes a los que se rechazan o con los que se cesan las relaciones de negocio por presentar un nivel de riesgo de BCyFT más elevado.